El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) grava herencias, legados, donaciones y determinados seguros de vida entre personas físicas. En España existe una norma estatal, pero en Valencia la cuota suele ser muy baja para familiares directos por sus bonificaciones autonómicas.
Qué es el ISD y qué grava
En Valencia, el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se paga cuando una persona recibe bienes o derechos:
- Por herencia o legado (mortis causa).
- Por donación en vida (inter vivos).
- Por seguro de vida si quien cobra es el beneficiario y no el tomador.
Quién paga y plazos en Valencia
- Quién paga: el heredero, legatario o donatario (quien recibe).
- Plazo en herencias: normalmente 6 meses desde el fallecimiento (se puede pedir prórroga según el caso).
- En donaciones: desde la aceptación de la donación.
Cómo se calcula (rápido)
- Base imponible: valor neto recibido (bienes − deudas/cargas deducibles).
- Base liquidable: se aplican reducciones (parentesco, discapacidad, vivienda habitual, empresa familiar, etc.).
- Cuota: se aplica tarifa progresiva y coeficientes según parentesco/patrimonio previo.
- Bonificación autonómica (Valencia): aquí suele estar la gran diferencia en el pago final.
Bonificaciones clave en Valencia
- Grupo I y II (hijos, padres y cónyuge): bonificación del 99% en el ISD (herencias y, en general, también donaciones), cumpliendo requisitos.
- Grupo III (hermanos, tíos y sobrinos): en 2026 se aplica una bonificación progresiva (habitualmente citada como 25% en 2026 y 50% en 2027, según la medida anunciada/implantada).
Resultado práctico: en muchas herencias “normales” entre padres/hijos o cónyuges, el impuesto puede quedar casi a cero tras reducciones + bonificación.
Consejos prácticos (lo que más se busca)

- Confirma la comunidad competente: en herencias suele contar la residencia del fallecido; en donaciones influyen residencia y tipo/localización del bien.
- Revisa reducciones específicas: vivienda habitual y empresa familiar pueden marcar la diferencia.
- No apures plazos: solicita prórroga/fraccionamiento si hace falta para evitar recargos o problemas de liquidez.
- Planifica con asesoramiento: donación vs herencia no siempre “ahorra” si no se optimizan reducciones/bonificaciones.
FAQ ISD Valencia
1) ¿Quién paga el Impuesto sobre Sucesiones y donaciones en la Comunidad Valenciana?
Lo paga quien hereda o recibe (heredero/legatario/donatario), no la herencia.
2) ¿Cuánto se paga por heredar de padres a hijos?
En muchos casos, muy poco, porque existe bonificación del 99% para padres, hijos y cónyuge (si se cumplen condiciones y se aplica correctamente).
3) ¿Cuándo hay que presentar el impuesto?
En herencias, normalmente en 6 meses desde el fallecimiento (con posible prórroga). En donaciones, desde que se acepta.
4) ¿La donación en vida evita el ISD?
No: donar también tributa por ISD, aunque puede salir bien si se aplican reducciones y bonificaciones.
5) ¿Los hermanos, tíos o sobrinos tienen bonificación?
Sí, en Grupo III puede haber bonificación, y en 2026 se maneja un esquema progresivo (por ejemplo, 25% en 2026).
